Supongo que habría que investigar a alquien más, pues la madre no se escodió y estaban muy advertidos por la justicia italiana. Alguien debió de tratar el tema con la debida pasividad para permitir que el presunto delito se dilatara durante siete meses ¿No?
Tambien ha inadmitido investigarla por maltrato psicológico, al interpretar que si el menor ha sufrido daño psicológico, no ha sido provocado de manera intencionada por la madre: "En modo alguno es posible inferir que la conducta de la denunciada estuviese presidida por un ánimo de menoscabar la integridad psíquica de su hijo". Con este tipo de interpretaciones, ya podemos salir a la calle matando a personas basta disparar tiros con la exclusiva intención de expresar la alegría en unas fiestas patronales... No obstante la interpretación es más que forzada, ya que lo que dice la documentación italiana, es prolífera en describir conductas de maltrato, pero claro...
Hay un dicho que dice que es difícil que alguien se entere de la verdad, si tiene intereses para ignorar esa verdad.
No sabemos cómo ha llegado el tribunal a esas conclusiones. No parece que haya ninguna carencia intelectual en los magistrados, ni tampoco queremos pensarque haya ninguna inclinación ideológica ni prejuicio que se esté manifestando al afirmar que: La Sala entiende que, más allá de "la toma en consideración de planteamientos teóricos o sin aval científico" como "el denominado síndrome de alienación parental", los hechos referidos en el recurso "no revisten en ningún caso los caracteres de delito".
Me pregunto si el recurso hablaba de Sindrome de Alienación Parental o, simplemente, de Alienación Parental. No quiero pensar que los magistrados puedan estar dejando desprotegido al menor aplicando el codigo talibán de género que ya empieza a infectar nuestro sistema legal.
Esas frases llamativas hay que leerlas teniendo en cuenta que:
Que la Alienación Parental, sí está avalada:
Por la APA, Asociación Americana de Psicología que, en su diccionario, reconoce la existencia de la Alienación Parental que la describe como "el daño causado a la seguridad de un niño", lo que es un maltrato emocional en toda regla.
En el DSM-5, está reconocida con los códigos 309.4 Trastorno de adaptación con alteración mixta de emociones y conducta, V61.20 (Z62.820) Problema relacional entre padres e hijos, V61.29 (Z62.898) Niño afectado por la angustia en las relaciones con los padres, V995.51 (Z62.898) Abuso psicológico infantil, confirmado
En el ICD-11 ( CIE-11) de la OMS, (Organización Mundial de la Salud - OMS), está ecogida en los códigos QE52- Problema asociado a las interacciones interpersonales en la infancia, QE52.0- Problema de relación cuidador-niño, QE52.1- Pérdida de la relación amorosa en la infancia. Esto cuelga de un epígrafe que se refiere a cuestiones que afectan a la salud. Luego estamos ante un problema de Salud Pública de la Infancia. También afecta al padre alienado.
Por la doctrina reiterada del TEDH (Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo)
Ni los jueces ni masgistrados están habilitados para hacer valoraciones de ramas de la ciencia, sin la debida acreditación académica que le habilite y la Audiencia Provincial lo ha hecho al hacer la valoración de la Alienación Parental (disciplina medico-sanitaria) con el riesgo de haberlo dejado indefenso ante una situación de maltrato algo más que hipotética. En este punto, aunque ellos no siempre puede que lo tengan claro, los jueces y magistrados no son dioses, ni lo saben todo, aunque puedan contribuir al sufrimiento del ser humano, incluso de menores, como puede estar ocurriendo en este caso.
Los jueces carecen de la capacidad de leer la mente de las personas, aunque uno erróneamente pueda creerlo al leer sus sentencias o autos. Cuando parece ocurrir, en realidad, el que parece leer la mente está proyectando en la otra persona sus propias creencias o deseos, normalmente de forma inconsciente y muy engañosa. Alguien tendría que enseñarle a los jueces que cuando hacen eso, realmente están vertien en documentación judicial los propios prejuicios, algo que deberían de sabe se le está muy prohibido a los jueces y magistrados porque viola el principio de imparcialidad.
Ese discurso ha sido propagado desde el CGPJ, lo que compremente la debida apariencia de imparcialidad de jueces y magistrado cuando tratan de estos temas.
Están vulenrando el derecho a la integridad psíquica del niño desde los tribunales.
Y como estamos en un caso judicial de carácter internacional, concretamente con Italia, es bueno saber que el Tribunal Supremo Italiano, si reconoce la Alienación Parental de forma expresa.
Además, resulta curioso, porque hace unos años, la juez que llevaba al caso, tal como señalamos aquí, en el auto de 24 de agosto de 2017 decía:
Y finalmente ... además de una posible alienación parental de los hijos, ... bajo la presión circunstancial de la situación imputable a la madre.
The Court reiterated that children and parents being able to enjoy time in each other’s company was a fundamental element of family life – even when the relationship between the parents had broken down. Only exceptional circumstances could justify severing family ties, and every effort should be made to maintain personal relationships. The harm caused to children by parental alienation should not be underestimated, and the interests as well as the rights and freedoms of all concerned had to be considered, with the best interests of the child being paramount.
El Tribunal reiteró que el disfrute mutuo entre padres e hijos es un elemento fundamental de la vida familiar, incluso cuando la relación entre ellos se ha roto. Solo circunstancias excepcionales justifican la ruptura de los lazos familiares, y debe hacerse todo lo posible por mantener las relaciones personales. No debe subestimarse el daño que la alienación parental causa a los niños, y deben considerarse los intereses, así como los derechos y libertades de todos los involucrados, priorizando el interés superior del niño.
Los tribunales españoles y la legislación española, contraviene la doctrina del TEDH.
Fuentes cercanas al padre, nos dicen textualmente:
El término SAP, obviamente, aquí en España no se puede utilizar, pero en Italia, continúa aceptándose.
Me gustaría comentar dichas palabras:
Es una pena que los abogados, psicólogos, psiquiatras y demás, funcionen con esa idea reductora, porque nos deja a los ciudadanos a los pies de jueces talibanes que se guían por creencias de origen político, como ocurre con la asociación de juezas mujeres.
En cualquier sistema judicial que se precie de ser tal, nadie debería de poder hacer tal afirmación, porque se está asumiendo que hay elementos talibanes en el mismo.
Un abogado, psicólogo o psiquiatra, mostraría poca inteligencia al ponerle a un juez de un sistema judicial como el español, que se rige con perspectivas ideológicas, tan fácil rechazarlo, si, además, no saben recurrirlo y están dispuestos a llegar al TEDH. Es poco inteligente habalr en los juzgados de SAP: hay que hablar de Alienación Parental. ¡Ya se las arreglará el juez de hablar de Síndrome de Alienación Parental (SAP)! para justificarse en su rechazo y dejar al menor al padre indefensos y no creo que ningún tribunal del supremo ni el Tribunal Constitucional vayan a corregir al juez. Pero está el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y, cuando lleguen al tribunal mil demandas, quién sabe, igual responden a alguna, porque la base legal para presentar la demanda, existe y es fácil de probarlo, ya que la ley existe.
Por eso, es importante emplear el término Alienación Parental y utilizar las referencias de carácter científico que los jueces no pueden ignorar sin prevaricar. Con esto no queremos decir que no lo vayan a hacer y vayan a prosperar: un juez puede hacer lo que le de la gana sin ningún problemos, siempre que no entre la fiscalía contra él, que a es a los únicos que les puede tener miedo y ya sabemos todos de quién depende la fiscalía. Como prueba, investiguen lo que le ocurrión al juez Francisco Serrano.
No me gustaría que pensaran que creo que los jueces pueden estar maltratando a nuestros hijos dejándolos en desamparo, aunque conviene estar alerta para evitarlo. Lo que sí está claro es que hay políticos a los que les gusta abusar sexualmente de los niños que, estando en desamparo, se aprovechan de su situación para materializar sus repugnantes perversiones.
Tampoco debemos de olvidar que algunos jueces que juzgan situaciones de nuestros hijos, hacen cosas que no parecen muy ejemplares, según ha desvelado la ministra Dolores Delgado cuando era fiscal, sin que haya pasado nada: jueces y fiscales acabaron con menores durante un viaje en Colombia. Por eso nunca debemos descartar nada, pues la naturaleza humana deja mucho que desear y presumir que todos obrams bien, puede llevar a importantes errores con graves consecuencias.