Ante el deseo del gobierno de indultar a la condenada Juana Rivas por secuestro de menores, el juez hizo público la brutal agresión sexual sufrida por su hijo, mientras la madre estaba de juerga con unos amigos, agresión que se produjo, según el auto, mientras se encontraba el menor bajo su custodia, y el interés en archivar el caso y que no se investigara...
Para este Juzgado .... el peligro que para los menores, supondría la plena libertad de la madre, según se deriva de los datos obrantes en la causa, a los folios 1022 y 3130, que arrojan indicios de abusos sexuales a uno de los menores cuando estaban bajo su custodia.
Además, esa probable reiteración delictiva, podría poner nuevamente en grave peligro a los menores. Este Juzgado ya emitió el parecer sobre el peligro que para los hijos representa la acusada en un informe contrario al indulto y ya no sabe como hacer que llegue al conocimiento de los restantes tribunales, y por supuesto del Gobierno, que estando los hijos bajo el cuidado y custodia de la madre, uno de ellos fue abusado sexualmente, según dictaminó la pediatra, un forense y manifestó el propio menor. Mientras tanto, al poco de constatarse estos hechos, la madre oculta a los niños, precisamente en el momento en que la presencia del menor era esencial para la investigación. Sobre este hecho se ha echado tierra encima y se ha soslayado su trascendencia, bajo la apariencia de ser la penada una víctima de un maltratador, cuando después de la única condena habida, se reconcilia, concibe otro hijo, sin que haya habido ningún otro episodio acreditado de maltrato.
Si un menor está bajo la guarda y custodia de un progenitor y es víctima de unos presuntos abusos sexuales, en la máxima extensión del término, y en este punto las imágenes que han llegado a la causa, son espeluznantes, hay indicios de presunta negligencia por desatención de la obligación de velar por él, de modo que, permitirle la libre deambulación con el niño, puede suponer ponerle en disposición un grave peligro para él. El interés y seguridad de los menes, según los datos que obran en la causa, reflejados en los folios 1022 y 3130, aconseja que la madre no tenga plena libertad para moverse con ellos, contrariamente a lo que opina la defensa y el Fiscal por imposición de la Fiscalía General del Estado. Por ello, no es veraz ni justificado el argumento de conceder la suspensión con el fin de facilitar la relación, compañía y custodia de sus hijos. No es proporcionado el sacrificio de principios penales tan importantes como el del cumplimiento de la pena cuando no ha habido arrepentimiento, ni el de la función preventiva especial de esta, cuando se ha reincidido en la misma conducta, en aras de beneficiar las relaciones madre hijos, cuando en el pasado uno de ellos fue víctima de un gravisimo delito estando en compañía de ella. Y además, según consta, fue en el colegio del menor donde tomaron la decisión de llevarlo al médico. Ni siquiera la madre es quién lo hace. Tampoco consta que denunciara ese hecho no tuvo un reflejo en esos hechos concresto tan graves acaecidos con uno de los menores.
Este hecho se ha venido omitiendo de forma explícita por no afectar a la intimidad del menor, pero debe quedar expuesto en el estado al que ha llegado la causa, como verdadera razón que crea desconfianza por la posibilidad de que la acusada pueda aprovechar cualquier beneficio penitenciario que implique libertad plena de movimiento, para que vuelva a retener a los menores bajo su guarda y a que vuelvan a ser puestos en peligro por un deficiente ejercicio, y desde luego, no va a ser este Juzgado el que lo posibilite, en la medida de las competencias que tiene atribuidas.
Es posible que haya sido víctima de malos tratos continuos como ha manifestado a pesar de que no existen condenas, pero también es probable que uno de sus hijos haya sido víctima de abusos sexuales por deficiencias en la vigilancia ejerciendo la guarda y custodia, aunque tampoco hay condena. .Cierto que no se he determinado el autor de la brutal agresión padecida por el menor y por eso fue sobreseida, pero el hecho sigue existiendo y tuvo lugar estando el niño bajo la custodia de la madre. No se trataba de un niño que por su edad, sale a jugar o vuelve del colegio y es abordado y abusado, sino de uno de muy pocos años que deber ser controlado y vigilado en todo momento porque no puede valerse por si mismo. La cuestión entonces es ¿donde metió la penada a su hijo menor para que fuera víctima de tan atroz atropello? Que hizo para vigilarlo? Si la penada ya dijo que volvería a repetir el secuestro de los menores, si ya lo repitió estando estos en Italia, si tampoco se ha arrepentido, ¿quién asegura que no los volverá a secuestrar? Y sobre todo, ¿quién asegura que con plena libertad de movimientos no volverá a secuestrarlo y descuidar su custodia y vigilancia para evitar que sean objeto de otra situaciòn de peligro? Con toda la contemplación mediática de maltratada, se ha interpuesto una cortina de humo que oculta un presunto grave delito de abuso a un menor, y siempre quedará un margen acerca de si la madre hizo todo lo que pudo para descubrir ese delito, porque se supone que debía saber donde estuvo el niño cuando pudo ser abusado, las personas que pudieron tener acceso a él y, por tanto, el círculo de posibles autores.
La plena libertad que obtendría con la suspensión de la pena, podría representar un grave peligro para sus hijos. Este Juzgado no va a ser participe de esa eventualidad, al menosmientras dure la condena, pues la probabilidad de reiteración delictiva disminuye en un régimen penitenciario de tercer grado sujeto a controles, como tiene ahora, con respecto a un régimen de total libertad donde la penada tendría plena libertad de movimiento.
En la causa consta el contenido del folio 1022, donde un informe forense en fecha 11 de abril de 2017, concluye que “no se puede descartar que el menor haya sido objeto de unaagresión sexual anal”. En el folio 3130 consta una exploración médica al menor donde se acoge una manifestación del menor donde se relata que “reinterrogado el niño, refiere que alguien le ha hecho daño en el ano”.
Esto no es un capricho ni una cruzada contra nada, sino una cuestión arraigada en unos hechos; ahí están los informes de la pediatra y de la forense, las fotografías tomadas al menor demostrativas de lo ocurrido, que puede ocurrir porque el menor estaba con su madre.